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FADEEAC propone que las licencias por enfermedad o accidente se paguen a través del FAL

Fadeeac

La Federación Argentina de Entidades Empresarias del Autotransporte de Cargas (FADEEAC) presentó una propuesta para que las licencias por enfermedad o accidente inculpable de los trabajadores del autotransporte de cargas sean financiadas a través del Fondo de Asistencia Laboral (FAL). La iniciativa apunta a modificar el artículo 59 del Proyecto de Ley de Modernización Laboral, que crea dicho fondo, incorporando los supuestos previstos en el artículo 208 de la Ley de Contrato de Trabajo.

El planteo será elevado a legisladores en los próximos días y se centra en uno de los puntos más sensibles para el sector empresario: el costo que implica para las empresas afrontar con recursos propios el pago de salarios ante contingencias no imputables al empleador.

El alcance de la propuesta

Actualmente, el FAL fue concebido para cubrir indemnizaciones por despido. FADEEAC propone ampliar su alcance para que también absorba el pago de remuneraciones durante licencias por enfermedad o accidente inculpable, garantizando que el trabajador cobre en tiempo y forma, independientemente de la situación financiera de la empresa.

“Es necesario avanzar en alternativas que permitan eliminar o atenuar la obligación de afrontar con recursos propios el pago de salarios derivados de contingencias no imputables al empleador. Pero cualquier cambio debe garantizar que el trabajador cobre en tiempo y forma”, sostuvo Cristian Sanz, presidente de FADEEAC.

Desde la entidad aclararon que la propuesta no altera la filosofía general del proyecto oficial, sino que introduce un ajuste para distribuir de manera más equitativa los riesgos del sistema laboral y aportar mayor previsibilidad tanto a empleadores como a trabajadores.

Fundamentos y comparación regional

El documento elaborado por FADEEAC incluye un análisis comparativo con la legislación vigente en países del Mercosur y Chile, donde existen esquemas en los que el costo de las licencias por enfermedad no recae exclusivamente sobre las empresas.

Fadeeac

“Existen sistemas mixtos o de respaldo estatal que no implican una pérdida de derechos para los trabajadores”, explicó Roberto Rivero, director ejecutivo de la entidad. En ese sentido, señaló que, ante la ausencia de una solución específica en el Proyecto de Modernización Laboral argentino, la incorporación de estas licencias al FAL aparece como la alternativa más adecuada.

Cómo funciona el sistema en otros países

En Chile, la remuneración por enfermedad inculpable es cubierta por el sistema de salud, a través del Fondo Nacional de Salud (FONASA) o de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRE), mediante subsidios con topes temporales definidos.

En Uruguay, el pago corre por cuenta del Estado a través del Banco de Previsión Social, con un subsidio que cubre un porcentaje del salario y varía según la situación del trabajador.

Brasil aplica un esquema mixto: el empleador paga los primeros 15 días y, a partir del día 16, el Instituto Nacional del Seguro Social asume el costo.

Paraguay, en tanto, canaliza estas licencias mediante el Instituto de Previsión Social, que abona un subsidio desde el segundo día de incapacidad.

Un debate abierto en la agenda laboral

Desde FADEEAC consideran que incorporar el pago de licencias por enfermedad o accidente inculpable al Fondo de Asistencia Laboral permitiría modernizar el sistema argentino, alineándolo con experiencias regionales y reduciendo la presión financiera sobre las empresas, sin afectar los derechos de los trabajadores. El debate ahora queda en manos del Congreso, en el marco de la discusión de la Ley de Modernización Laboral.