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Licencias profesionales en la Prov. de Bs As una implementacion que no se cumple

Licencias profesionales en Buenos Aires: entre la simplificación normativa y el riesgo operativo
La reciente modificación del sistema de licencias de conducir a nivel nacional abrió un nuevo escenario legal y operativo que hoy genera preocupación en el sector del transporte, especialmente en la provincia de Buenos Aires.
El eje del cambio fue el Decreto N° 196/2025, que eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LINTI) como requisito independiente. En su lugar, la habilitación para conductores profesionales quedó integrada dentro de la Licencia Nacional de Conducir (LNC), que pasa a ser el único documento válido en todo el país.

Lejos de implicar una flexibilización, la medida buscó simplificar el sistema administrativo manteniendo —e incluso reforzando— los estándares de seguridad vial. En ese sentido, la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) conserva su rol técnico central, siendo la encargada de definir los requisitos, controles y procedimientos obligatorios.

A través de la Disposición ANSV N° 219/2025, se establecieron condiciones mínimas e indelegables para las licencias profesionales de categorías C, D y E. Entre ellas: capacitación obligatoria (tanto inicial como para renovación), evaluaciones teóricas y prácticas, certificación psicofísica y registro en sistemas nacionales que aseguren trazabilidad.

Además, la normativa es clara: todos los Centros de Emisión de Licencias deben cumplir estrictamente con estos procedimientos, sin excepciones ni flexibilizaciones.

Federalismo con límites claros

El decreto también introdujo un esquema federal, delegando en las provincias la emisión de licencias profesionales. Sin embargo, esta delegación no es discrecional: está sujeta al cumplimiento obligatorio de los estándares definidos por la ANSV.
En este punto aparece una situación crítica: si bien la mayoría de las provincias ya implementaron el sistema conforme a la normativa nacional, Buenos Aires —junto con Formosa— aún no lo ha aplicado plenamente.
En el caso bonaerense, si bien se formalizó la adhesión mediante un decreto fechado el 5 de enero de 2026, la implementación práctica sigue pendiente. El argumento oficial apunta a la falta de reglamentación provincial consolidada.

Un sistema fragmentado

Mientras tanto, desde hace aproximadamente un año, en distintos municipios bonaerenses se continúan emitiendo licencias profesionales bajo criterios propios, sin garantizar aspectos clave como:

  • La capacitación obligatoria en centros habilitados
  • Evaluaciones adecuadas de competencias
  • Controles psicofísicos bajo estándares nacionales

Esta situación excede una simple irregularidad administrativa: implica un apartamiento del régimen legal vigente para el transporte interjurisdiccional.
De hecho, las licencias emitidas en estas condiciones pueden caer en una zona de ilegalidad al cruzar límites provinciales, generando múltiples conflictos normativos y operativos.
Consecuencias que preocupan
El impacto de esta situación no es solo legal, sino también estructural para todo el sistema de transporte:

 Seguridad vial en riesgo
Se habilita la conducción de vehículos de gran porte sin garantizar formación ni aptitudes mínimas, aumentando el riesgo de siniestros.

Desprofesionalización del sector
Se diluye el valor del conductor profesional, equiparando a quienes cumplen con exigentes procesos formativos con quienes no lo hacen.

Mayor exposición para empresas
Las compañías enfrentan mayor incertidumbre operativa y potenciales responsabilidades ante incidentes evitables.

 Riesgos en cobertura de seguros
Podrían surgir conflictos ante siniestros si las licencias no cumplen con los requisitos legales vigentes.

 Incremento de la siniestralidad
La falta de control y capacitación impacta directamente en la calidad de conducción.

Mucho más que un trámite
El espíritu del Decreto 196/2025 fue claro: simplificar procesos sin resignar seguridad. La eliminación de la LINTI no implicaba bajar la vara, sino reorganizar el sistema bajo una lógica más eficiente.
Por eso, el cumplimiento de la Disposición ANSV 219/2025 no es opcional: constituye el piso mínimo necesario para garantizar que los conductores de transporte de cargas y pasajeros operen con la formación y aptitud que la actividad exige.
En definitiva, lo que está en juego no es un tecnicismo legal, sino la seguridad en rutas y ciudades, la competitividad del sector y la equidad entre los actores del transporte.
Porque en este nuevo esquema, hay algo que no puede negociarse:
menos burocracia no puede significar menos seguridad. 🚦